Los jueces designados desde enero del 2017 hasta la fecha pagarán ganancias desde el primer mes de 2019, tras el acuerdo que logró el gobierno con la Corte Suprema, el Consejo de la Magistratura, la Procuración General, la Defensoría General y la Asociación de Magistrados.
Con este nuevo acuerdo, habrá más de 100 nuevos jueces que suscribirán al nuevo régimen tributario, que de todas formas será diferencial respecto del pago de ganancias de cualquier trabajador.
El acuerdo contempla que el impuesto no se descuente sobre el total de sus haberes, sino que la base imponible sea la diferencia entre el nuevo salario de juez y el sueldo del cargo anterior (secretario letrado). De esta manera, los descuentos de Ganancias se aplicarán sobre el 35% de esa base, informó el periodista Iván Ruiz en La Nación.
Fallo de la Corte: los jueces que fueron designados a partir del 2017 pagarán ganancias
"Con el diálogo de todos los actores logramos un acuerdo histórico con el Poder Judicial para que finalmente se cumpla con la ley y empiecen a pagar Ganancias. Los magistrados entienden el esfuerzo que estamos haciendo todos para lograr una verdadera transformación judicial", sostuvo el ministro de Justicia Germán Garavano.
De esta manera, se estima que un juez soltero que suele ganar más de $200.000 en mano por mes pagaría algo así como $12.000 y, si tienen familia, estaría por encima de $5000.
El acuerdo llegó en el marco de una serie de negociaciones en las últimas semanas y de la previa resolución de que los nuevos jueces que ingresaron por fuera del sistema judicial tributarán el 35%. Ahora, los designados desde enero de 2017 que ya trabajaban en el Poder Judicial se suman y desde el gobierno esperan que el año que viene se extienda a todos los jueces.
El 27 de noviembre pasado el máximo tribunal había revocado una medida cautelar otorgada a la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional que impedía la plena vigencia la ley 27.346, sancionada en 2016 y que establece que los nuevos funcionarios judiciales ingresados a partir del 1° de enero de 2017 deben tributar, en tanto que los anteriores a esa fecha seguirán excluidos.
J.D./F.F.